PROPUESTA PARA INCLUIR LA PASANTÍAS DOCENTE EN LA LEY
GENERAL DE EDUCACIÓN 66-97
CONSIDERACIONES GENERALES
CONSIDERANDO: Que el país está inmerso en un esfuerzo sostenido de
transformar el sistema educativo dominicano bajo el lema de Revolución
Educativa y por consiguiente lograr la efectividad de los docentes en el
ejercicio de sus funciones.
CONSIDERANDO: Que el estado debe impulsar la calidad de los procesos
pedagógicos, como forma de contribuir a elevar la calidad de la educación
dominicana.
CONSIDERANDO: Que el estado debe contribuir en forma eficiente al
desarrollo profesional de los egresados de la carrera de educación, así como su
adaptación eficaz en su puesto de trabajo.
CONSIDERANDO: Que el estado está en el deber de realizar todos los
esfuerzos y de disponer de los recursos necesarios, para hacer posible el
cumplimiento de los objetivos, propósitos y fines de la ley general de
educación 66-97.
CONSIDERANDO: Que el estado está en el deber de vincular de una forma
efectiva los egresados de la carrera de educación con su puesto de trabajo.
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado de Educación es la
representante del Estado Dominicano en materia de Educación, de la cultura y
del desarrollo científico y tecnológico del país y en el ámbito de su
jurisdicción.
CONSIDERANDO:
Que las pasantías es donde el egresado o cursante de una carrera define su
vocación profesional ya que es donde se da cuenta de todo lo que abarca lo
antes estudiando de forma teórica. En cuanto a la inserción laboral, esta es
una alternativa que hasta el momento ha resultado satisfactoria como hemos
observado en los egresados de las escuelas de medicina y de la Escuela Nacional
del Ministerio Público.
CONSIDERANDO:
El buen desempeño de los pasantes le permite ejercer de manera inmediata
actividades dentro de un centro educativo con las normativas vigentes. El
estudiante adquiere una experiencia que jamás podrá recibir en otra parte.
CONSIDERANDO: El egresado de la carrera de educación es el único
profesional con responsabilidad social que asume responsabilidades sin nunca
haber tenido experiencia práctica previa con su campo de trabajo.
CONSIDERANDO:
que la inversión realizado por el
ministerio de educación en los procesos de inducción representa un gasto que
puede ser aprovechado en los procesos de pasantía.
VISTAS la Ley General de Educación No.66-97, del 9 de abril
de 1997, Gaceta Oficial No.9951, del 10 de abril de 1997.
VISTOS los Decretos Nos. 421-00 de fecha 15 de agosto del
2000 y 396-00 de fecha 11 de agosto del 2000, que establecen el Estatuto del
Docente y el Reglamento Orgánico de la Secretaría de Estado de Educación,
respectivamente.
VISTA la Ley No. 139-01 de fecha 13 de agosto del 2001 de
Educación Superior Ciencia y Tecnología.
TÍTULO I:
DEFINICIONES Y FINALIDADES DE LA PASANTÍA DOCENTE
1.1.
DEFINICIONES
Se entiende como “Pasantía
Docente” al acto educativo que desarrollan los estudiantes de la carrera de
educación, en sus diferentes menciones, en el ámbito de un centro educativo
público o privado con la finalidad de completar el proceso de aprendizaje por
medio de la aplicación práctica de la formación académica que
recibe.
A los efectos de esta propuesta,
estas pasantías serán de carácter obligatorio y que deben constituir un
requisito para optar por el título correspondiente y su participación en los
concursos de oposición del Ministerio de Educación.
Las pasantías se desarrollarán
bajo la dirección del Ministerio de Educación, en coordinación con la
institución educativa a la cual pertenece el alumno.
Las pasantías docentes no deben
originar vínculo laboral de ninguna naturaleza entre el estudiante de educación
y el centro educativo que le acoge. Sin embargo, estas deben garantizar un
ambiente seguro para la integridad física de los educandos
pasantes.
Por lo expuesto anteriormente y aprovechando
el escenario donde se procura la modificación de la ley de educación 66-97, sometemos
para su enriquecimiento la propuesta de pasantía docente. Esperando que el
sector magisterial, los futuros docentes y la sociedad en general nos
empoderemos y podamos tener una participación en esta modificación a la ley de
educación y lograr la educación de calidad que anhelamos.
1.2. FINALIDADES QUE ORIENTAN LA PASANTÍA
DOCENTE
a) Realizar prácticas
complementarias a la formación académica, que enriquezca la propuesta
curricular de los estudios cursados.
b) Incorporar
saberes, habilidades y actitudes vinculadas a situaciones reales, adquiriendo
experiencia de valor.
c) Fortalecer
en el alumno la confianza e independencia.
d) Permitir
al alumno la aplicación y evaluación del contenido y desarrollo de la formación
ofrecida en aula y laboratorio.
e) Adquirir
conocimientos que contribuyan a mejorar las posibilidades de aprobar los
concursos de oposición y la inserción en el ámbito laboral.
f) Aumentar
el conocimiento sobre el diseño curricular vigente.
g) Profundizar
la valoración del trabajo en el aula.
1.3. DURACIÓN
La
duración mínima de la pasantía para los alumnos de la carrera de educación será
de un año escolar (1año) independientemente de la modalidad. La jornada diaria
mínima que realizar por el pasante será de 4 horas.
Las actividades de las pasantías
se llevarán a cabo en centros educativos públicos y privados, en los espacios
que estas dispongan según la mención de la carrera del alumno. Dicho ámbito
debe reunir las condiciones de higiene y seguridad dispuestas por las leyes
laborales.
1.4. CONTRATO
La pasantía docente estará
precedida de la firma de un contrato entre el centro educativo y la institución
de educación superior o centro de formación docente responsable del
entrenamiento del alumno. Dicho contrato debe estar validado por el Distritito
Educativo correspondiente.
EN EL CONTRATO, DEBE CONSTAR:
a) Nombre
de la institución de educación superior o centro de formación.
b) Nombre y
apellido del alumno
c) Objetivos
pedagógicos de las pasantías con relación a la función a desempeñar dentro del
centro educativo.
d) Prohibición
expresa de realizar tareas distintas a los objetivos pedagógicos
preestablecidos para la pasantía.
e) Características
y condiciones de las actividades que integran la pasantía
f) Identificación
del lugar donde la pasantía se llevará a cabo.
g) Determinación
de la jornada diaria, la fecha de inicio de la pasantía y la fecha de su
culminación.
h) Nombre
del docente asignado por el centro educativo como guía.
Se conservará por el mínimo de dos
años la documentación relativa a cada experiencia de pasantía en el centro
educativo correspondiente.
1.5. SITUACIONES ANORMALES
Ante cualquier situación anormal
que se presente durante la realización de la pasantía, el centro educativo
deberá comunicar por escrito a la institución de educación superior o el centro
de formación responsable como también al distrito educativo correspondiente.
El docente pasante podrá perder su
derecho a la pasantía si incurre en faltas graves como las indicadas en el
código de trabajo, manual de desempeño docente o las establecidas por el centro
educativo donde realiza su pasantía.
1.6. BENEFICIOS
La institución educativa en la que
se haya realizado la pasantía extenderá al pasante un certificado en el que
conste la duración y las actividades desarrolladas durante la pasantía.
También, un informe final donde exprese las fortalezas y debilidades del
pasante para futuras actualizaciones.
La pasantía tendrá un valor o peso
dentro de los concursos de oposición realizados por el Ministerio de Educación.
El Ministerio dentro de su
presupuesto deberá asignar una partida como ayuda compensatoria a los pasantes
Nos gustaría escuchar tu opinión y como podemos mejorar la propuesta.
En mi opinión se debe incuir en la propuesta la creación de un departamento de supervision y seguimiento al proceso por parte de al y una institucion homogenea de la semana mecít y la minera que certifiquen las instituciones
ResponderEliminarQue pueden participar en ese plan de pasantes y a la vez monitoreo cada cierto tiempo que los pasantes realmente están realizando labores de docencia en dichos centros también que se establesca como requisiyo escencial para lograr pocisionarse en un centro académico y que también los aspirantes al magisterio de las instituciones privadas sean sometidas al mismo proceso o que puedan solicitar la entrada al plan sin que necesariamente dichos aspirantes vayan a laborar al sector privado con esto se garantiza que en ambos sectores se busque la excelencia del profesorado con la misma calidad en ambos sectores
De antemano gracias por su atención
Ruben Dario Brillante
Facilitador de la formación profesional
Gracias Ruben: excelentes observaciones. Pienso que desde el Distrito Educativo correspondiente se puede realizar esta labor de veeduría del proceso.
EliminarSería excelente el llevar los conocimientos adquiridos en aulas al campo de prueba mediante esta propuesta, donde el postulado deberá evidenciar el saber y de igual forma quedarían evaluados los recursos humanos que intervinieron en ese aprendizaje. No obstante el postulado tendría la oportunidad de reforzar saberes que sólo en la práctica se logra. Pero necesitamos instituciones comprometidas y evaluadores que den respuestas a cualquier situación presentada.
ResponderEliminarGracias Teresa. Si queremos mejorar la calidad de nuestra educación debemos garantizar el buen trabajo de nuestro egresados de la carrera de educación.
EliminarExcelente,porque la diferencia entre medicina y la Educación es que en medicina si te equivocas el paciente muere de inmediato; y en Educación muere lentamente tanto en lo Psicológico como en aprendizaje, por lo tanto me parece excelente la propuesta Maestro.
ResponderEliminarGracias Odalisa. Vamos a trabajar para lograr su inclusión.
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